Delpin Pizarro & Cía. Delpin Pizarro & Cía.

Boletín para colegios · N° 1 · Noviembre 2026

Tema del mes · Convivencia escolar

Ley N° 21.809: qué queda vigente para el reglamento interno

La ley rige desde julio, las circulares nuevas se derogaron y la Superintendencia aún no dicta las instrucciones que las reemplazan.

José Miguel Delpin, socio3 de noviembre de 2026Cinco minutos de lectura

Cerros verdes de la cordillera, fotografía del Estudio

Qué pasó

El 1 de abril de 2026 se publicó la Ley N° 21.809, sobre convivencia, buen trato y bienestar de las comunidades educativas. Entró en vigencia tres meses después. En abril, la Superintendencia de Educación dejó sin efecto las circulares N° 781 y 782 de 2025 y N° 202 de 2026, que regulaban los reglamentos internos y las medidas disciplinarias, y anunció nuevas instrucciones. [Párrafo ilustrativo: fechas y números por verificar en el Diario Oficial y en supereduc.cl antes de publicar.]

Por qué importa

Muchos colegios adecuaron su reglamento en marzo a las circulares derogadas. Esto significa que hoy conviven tres textos: la ley, la circular de 2018 que sigue vigente y un reglamento ajustado a normas que ya no existen. En una fiscalización, lo que se revisa es el reglamento contra la ley y la circular vigente, no contra las circulares derogadas.

El riesgo no está en lo que el colegio hizo de más, sino en lo que cita. Un artículo que remite a una circular derogada obliga a explicar, en plena fiscalización, qué norma lo sostiene ahora.

Nuestra lectura

No hay que deshacer lo adecuado en marzo. Lo que la ley exige (buen trato, medidas formativas, debido proceso) sigue siendo exigible; lo que solo venía de las circulares derogadas puede quedar como política propia del colegio, siempre que no contradiga la ley.

Qué hacer en el colegio

  1. Marcar en el reglamento interno qué artículos citan las circulares N° 781, 782 o 202 y reemplazar la cita por la ley o por la circular de 2018.
  2. Revisar el protocolo de medidas disciplinarias con la lista de auditoría del reglamento interno que acompaña este número.
  3. Informar al consejo escolar o al comité de buena convivencia qué se mantiene y qué se ajusta, y dejar acta.

Qué sigue

La Superintendencia anunció nuevas instrucciones sobre reglamentos internos. Cuando se publiquen, saldrán en una alerta con el plazo de adecuación.

Fuentes

José Miguel Delpin Piffaut · Socio, área de Gestión Legal Educacional
josemiguel@delpinpizarro.cl · Tel. +56 2 2954 0314

También este mes

Lista de auditoría del reglamento interno (PDF)